BOLETÍN NOVIEMBRE 2021

DIFERENCIA ENTRE PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS Y LABORALES.

Como profesional de la salud, si laboras en una institución de salud del Estado, ya sea federal o estatal, adquieres por ese simple hecho el carácter de servidor público. Por lo tanto, estás expuesto a procedimientos y sanciones administrativas y laborales.

Pero ¿qué significa cada uno de estos términos? ¿en qué se diferencían? aquí te lo explicamos.

Los Procedimientos Administrativos están sustentados en la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Esta regula exclusivamente el actuar de los servidores públicos por las responsabilidades en que incurran dentro de sus funciones, las cuales van encaminadas a brindar de una manera correcta el servicio que les sea encomendado, apegándose a la buena práctica, normatividad, honestidad y lealtad que se les exige al realizar de manera directa las funciones del Estado.

Por otro lado, los Procedimientos Laborales aplican tanto para el ámbito público como privado y están sustentados en la Ley Federal del Trabajo, tienen como finalidad resolver los conflictos que surjan entre trabajador y patrón con base en los derechos y las obligaciones que cada uno tiene establecidas en el contrato colectivo o individual de trabajo y el artículo 47 de la Ley antes mencionada, establece las causales de rescisión de contrato sin responsabilidad para el patrón (despido justificado).

Procedimientos Administrativos ¿cómo funcionan?

Los Procedimiento Administrativos; comienzan generalmente con una queja interpuesta por un derechohabiente inconforme con la prestación del servicio que se le proporcionó por el servidor público, lo que origina un procedimiento Administrativo ante el Órgano Interno de Control del Área de Responsabilidades o Contraloría interna de la misma Institución.

En este procedimiento, se le notifica al servidor público la responsabilidad administrativa que se le atribuye, así como su derecho a defenderse y ofrecer pruebas. Después de agotar un procedimiento (durante varios meses) se emite un laudo mediante el cual de confirmarse a criterio de la autoridad la falta administrativa, se le pueden interponer varios tipos de sanciones. Entre las sanciones pueden estar: una económica por reparación del daño, apercibimiento, suspensión del empleo cargo o comisión por un tiempo determinado, hasta la inhabilitación para desempeñar cargos públicos por varios años.

Es importante recalcar que, siempre que se emite una sanción de este tipo, se realiza su registro en el sistema electrónico de servidores públicos sancionados a nivel nacional en la Secretaría de la Función Pública, por lo que una vez sancionado un servidor público, se le tomará en subsecuentes ocasiones como reincidente.

Procedimientos Laborales ¿cómo funcionan?

Con los Procedimientos Laborales se sanciona a los trabajadores. Se realizan mediante la citación al desahogo de una comparecencia dentro del mismo centro de trabajo, en la cual se le hará saber la infracción a la ley federal de trabajo que se le atribuye y se le dará oportunidad de realizar sus manifestaciones, así como ofrecer sus pruebas.

Este tipo de actas se realizan por el personal de recursos humanos de dirección y jurídico. Aquí no puede intervenir persona ajena al centro de trabajo y se le notificará posteriormente en unos días al trabajador si se le impone algún tipo de sanción con base en la Ley Federal del Trabajo.

En este caso, las sanciones van desde una llamada de atenciòn para no volver a cometer la misma falta, hasta la rescisión de la relación laboral (despido justificado), lo que daría lugar a la terminación de la relación laboral y al pago de una indemnización mínima equiparada a la que corresponderia por una renuncia.

¿Qué hacer ante la imposición de estas sanciones?

Ante la imposición de una sanción administrativa a un servidor público, como medio de defensa es procedente el Juicio de Nulidad ante El Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa, donde, como su nombre lo indica, se demandará la declaración de nulidad de la sanción para que esta quede sin efectos.

Ante la imposición de una sanción laboral a un trabajador es procedente una demanda laboral contra el patrón, ante el Tribunal de Conciliación y Arbitraje, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, donde se solicita la declaratoria de despido injustificado y por ende la reinstalación al puesto de trabajo así como el pago de las prestaciones laborales que se generen mientras dure el juicio y los salarios caídos.

Basado en experiencia previa, parece cada vez más común que las instituciones se deshagan de un trabajador o servidor público mediante la instauración de los procedimientos legales antes mencionados, ya que en ambos casos quien juzga es el personal del mismo instituto que funge como juez y parte. 

Esta es la razón por la cual el profesional de la salud comúnmente confunde a dichas autoridades. Sin embargo, es de suma importancia distinguir en esencia sus amplias diferencias y consecuencias, ya que es la única manera en la que se podrá realizar una defensa legal adecuada, utilizando los recursos apropiados. 

Elaboró: Departamento Jurídico SeJIMed

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